Solicitar la tutela
Descripción del servicio
Un menor de edad (menor de 18 años) tendrá un tutor si no está bajo la patria potestad o si los padres no están autorizados a representar al menor en asuntos personales o patrimoniales. Este es el caso cuando se ha retirado a los padres la patria potestad total o parcialmente.
Un menor también tendrá un tutor si no se puede determinar su estado civil.
Por regla general, el tribunal tutelar elige al tutor tras consultar con los servicios sociales competentes.
En primer lugar, se tendrá en cuenta a aquellas personas que, en función de sus circunstancias personales, su situación económica y otras circunstancias, sean aptas y estén en condiciones de asumir la tutela.
Base jurídica
Mecanografía
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