Solicitar una tarjeta de residencia para familiares de ciudadanos de la Unión
Descripción del servicio
Como familiar de un ciudadano de la Unión Europea (UE) o de un Estado del Espacio Económico Europeo (EEE: Noruega, Islandia y Liechtenstein), si cumple los requisitos establecidos por el Derecho de la Unión, tiene derecho a circular libremente por la Unión Europea junto con su persona de referencia, a entrar en cualquier Estado miembro y a residir en él. Esto incluye también la libre elección de residencia en los Estados miembros de la Unión Europea.
Se considera nacional de un tercer país a toda persona que no posea la nacionalidad de un Estado miembro de la UE, del EEE o de Suiza.
Se consideran «familiares» las siguientes personas:
- Los cónyuges, las parejas de hecho y los familiares en línea descendente directa (por ejemplo, los hijos), así como sus cónyuges o parejas de hecho, siempre que aún no hayan cumplido los 21 años, y
- Los familiares en línea directa ascendente y descendente de los ciudadanos de la Unión con derecho a la libre circulación (hijos mayores, nietos, así como padres y abuelos) o de sus cónyuges o parejas de hecho, a quienes los ciudadanos de la Unión o sus cónyuges o parejas de hecho mantengan económicamente.
Si un ciudadano de la UE o del EEE cursa estudios en el territorio federal, el círculo de familiares con derecho a reagrupación familiar se limita al cónyuge y a la pareja de hecho, así como a los hijos a cuyo sustento se contribuye.
Si es usted un familiar de un ciudadano de un tercer país, necesitará un visado para entrar en Alemania, salvo que pueda hacerlo sin necesidad de visado.
Durante los tres primeros meses de su estancia en Alemania, esta solo estará supeditada a que exista un vínculo familiar con la persona de referencia con derecho a la libre circulación, a que usted acompañe a dicha persona y a que esté en posesión de un pasaporte o documento sustitutivo reconocido o autorizado de otro modo.
Para una estancia de más de tres meses, necesitará una tarjeta de residencia, que le expedirá de oficio la Oficina de Extranjería en un plazo de seis meses.
En este caso, la Oficina de Extranjería comprueba si se cumplen los requisitos de libre circulación. Entre otras cosas, puede exigir una prueba de la relación familiar con la persona de referencia (por ejemplo, mediante un documento oficial). Además, se le puede exigir que acredite que la persona de referencia ha ejercido efectivamente su derecho a la libre circulación (por ejemplo, mediante la presentación de un certificado de empadronamiento). Si la persona de referencia a la que acompaña o con la que se va a reunir no ejerce una actividad remunerada, deberá además acreditar que dispone de medios de subsistencia suficientes y de una cobertura sanitaria adecuada (esto se aplica también a los hijos que, en su caso, le acompañen). En principio, no es necesario acreditar conocimientos lingüísticos para obtener un permiso de residencia.
Hasta que se tome una decisión sobre la expedición de la tarjeta de residencia, su estancia en el territorio federal se considerará legal.
La expedición de la tarjeta de residencia acredita la existencia del derecho a la libre circulación. La tarjeta de residencia se expide, por regla general, por un período de cinco años, salvo que de la estancia de su persona de referencia, de la que deriva su derecho de residencia, se derive un plazo más corto.
Si aún no ha cumplido los 18 años, una persona con capacidad para ejercer la tutela sobre su persona deberá dar su consentimiento a su estancia prevista en Alemania.
Procedimiento
Antes de entrar en Alemania, por lo general deberá solicitar un visado para Alemania en su país de origen. Una vez que haya entrado en el país, podrá permanecer en Alemania durante tres meses sin necesidad de cumplir ningún otro requisito. Para estancias más prolongadas, deberá solicitar una tarjeta de residencia.
Puede facilitar los datos necesarios para obtener la tarjeta de residencia cuando se inscriba en la oficina de empadronamiento. Desde allí, sus datos se remitirán a la Oficina de Extranjería. En ese caso, no tendrá que ponerse en contacto de nuevo con la Oficina de Extranjería. Ellos se pondrán en contacto con usted.
Si desea recibir la tarjeta de residencia más adelante (a más tardar al cabo de tres meses), diríjase a la Oficina de Extranjería. Para ello, deberá presentar la documentación correspondiente en la Oficina de Extranjería competente para su lugar de residencia.
El procedimiento es el siguiente:
- Dependiendo de la oficina de extranjería, es posible que se puedan presentar sus datos a través de Internet. Infórmese de si su oficina de extranjería ofrece la posibilidad de presentar la documentación por vía electrónica.
En caso de presentación electrónica, la Oficina de Extranjería se pondrá en contacto con usted tras recibir sus datos para solicitarle, en su caso, documentación adicional y concertar una cita en la Oficina de Extranjería. Durante la cita se revisarán sus documentos (traiga los originales a la cita si se le solicita).
- Si solo puede presentar sus datos en persona, concierte una cita con la Oficina de Extranjería. Durante la cita, se registrarán sus datos y se comprobarán sus documentos justificativos (traiga los originales a la cita si se le solicita).
- Independientemente del resultado de la comprobación realizada por la Oficina de Extranjería, recibirá de inmediato un certificado que acredite que ha facilitado los datos necesarios para la expedición de la tarjeta de residencia, con el fin de poder acreditar una estancia en regla.
- Una vez finalizada la tramitación, se le expedirá, en un plazo de seis meses, una tarjeta de residencia o una notificación de denegación.
- La tarjeta de residencia se expide, por regla general, por un período de cinco años, salvo que de la residencia de la persona de referencia de la que deriva su derecho de residencia se derive un período más corto.
- La tarjeta de residencia se expide en formato de tarjeta bancaria con funciones electrónicas adicionales (eAT). Para su expedición, se le tomarán las huellas dactilares en la Oficina de Extranjería. Además, deberá firmarla.
- Al cabo de unas seis u ocho semanas, podrá recoger la tarjeta eAT en la Oficina de Extranjería. La recogida debe realizarse, por regla general, en persona.
La expedición de la tarjeta de residencia y de la tarjeta eAT conlleva el pago de tasas. El momento y la forma de pago varían en función de la autoridad competente.
¿A quién debo dirigirme?
Póngase en contacto con la autoridad de extranjería.
Requisitos previos
- Es usted familiar de un ciudadano de la UE o del EEE que reside en Alemania, pero usted mismo no tiene ninguna de estas nacionalidades.
- Dispone de un pasaporte o documento equivalente válido, reconocido o autorizado de cualquier otra forma y, en caso de que fuera necesario para la entrada en el país, de un visado.
- Si es necesario, puede presentar los justificantes y documentos indicados en el apartado «Documentación necesaria».
¿Qué documentos son necesarios?
- Foto biométrica actual
- Consentimiento del tutor legal para la estancia prevista, si aún no has cumplido los 18 años.
La Oficina de Extranjería puede exigir la presentación de los siguientes documentos:
- Pasaporte o documento equivalente válido, reconocido o autorizado de cualquier otra forma
- Justificante de la relación familiar con la persona de referencia (por ejemplo, certificado de matrimonio o de nacimiento)
- Justificante de que la persona de referencia ha hecho uso de su derecho a la libre circulación (por ejemplo, certificado de empadronamiento, contrato de trabajo o promesa de contratación, licencia de actividad o justificante de la actividad por cuenta propia)
En el caso de su reciente entrada en el país, la Oficina de Extranjería también puede exigirle:
- Visado, si era necesario para la entrada en el país
En caso de reagrupación familiar con una persona de referencia que no ejerza una actividad remunerada, la Oficina de Extranjería también puede exigir:
- Justificante de medios de subsistencia suficientes
- Justificante de una cobertura sanitaria suficiente
En caso de reagrupación familiar con una persona de referencia durante los estudios, la Oficina de Extranjería también puede exigir:
- Certificado de admisión de la universidad o certificado de matriculación de la persona de referencia
- Justificante de medios de subsistencia suficientes y de seguro médico
En casos concretos, la autoridad de extranjería puede solicitar más documentos.
¿Qué tasas se cobran?
No se cobran tasas por la expedición del visado.
Expedición de la tarjeta de residencia: 28,80 EUR
Expedición de la tarjeta de residencia para menores de 24 años: 22,80 EUR
En determinadas condiciones, puede ser posible una reducción o exención de tasas.
Nota: La tasa por la expedición del permiso de residencia electrónico (tarjeta eAT) asciende a 67 EUR.
¿Qué plazos debo respetar?
- Para obtener la tarjeta de residencia, los datos necesarios pueden facilitarse en el momento de dar de alta el domicilio ante la oficina de empadronamiento o remitirse a la Oficina de Extranjería a más tardar tres meses después de la entrada en el país.
- La tarjeta de residencia se expide en un plazo de seis meses y, por regla general, tiene una validez de cinco años.
- Plazo para presentar un recurso contra la resolución denegatoria de la Oficina de Extranjería: un mes
Tiempo de procesamiento
Puede consultar el plazo de tramitación del procedimiento de visado en las representaciones diplomáticas alemanas en el extranjero en la representación que le corresponda.
El plazo de tramitación para la expedición de una tarjeta de residencia es de entre seis y ocho semanas, con un máximo de seis meses.
Base jurídica
- Artículo 5, apartados 1 y 2, de la Ley de libre circulación de personas/UE (FreizügG/EU)
- Artículo 2 de la Ley de libre circulación de personas/UE (FreizügG/UE)
- Artículo 3 de la Ley de libre circulación de personas/UE (FreizügG/UE)
- Artículo 4 de la Ley de libre circulación de personas/UE (FreizügG/UE)
- Artículo 5a, apartado 2, de la Ley de libre circulación de personas/UE (FreizügG/EU)
- Artículo 12 de la Ley de libre circulación de personas (FreizügG/UE) (Estados del EEE)
- § Artículo 47 Ordenanza de residencia (AufenthV)
Recurso jurídico
- Recurrir la decisión de la autoridad de inmigración en el plazo de un mes a partir de la notificación.
- Recurso ante el tribunal mencionado en el escrito de oposición en caso de que no se estime la oposición.
Solicitudes / Formularios
- Procedimiento en línea ocasionalmente posible
- Comparecencia personal obligatoria: sí
¿Qué más debo saber?
Característica especial:
Una vez expedida la tarjeta de residencia, se podrá comprobar, por motivos especiales, si se cumplen o se siguen cumpliendo los requisitos establecidos por el Derecho de la Unión. Si los requisitos para el derecho de residencia han dejado de cumplirse o ya no se dan en el plazo de cinco años desde el inicio de la estancia en el territorio federal, se podrá retirar la tarjeta de residencia.
Si ha residido de forma legal y continuada en el territorio federal durante cinco años junto con su persona de referencia, puede solicitar un permiso de residencia de larga duración.
Aviso para los ciudadanos suizos y sus familiares:
Dado que Suiza no forma parte de la UE ni del EEE, se aplica una normativa diferente a los suizos. Los ciudadanos suizos y sus familiares están obligados a notificar su estancia en Alemania, si esta dura más de tres meses, a la Oficina de Extranjería de su lugar de residencia, tras lo cual recibirán un «permiso de residencia para suizos».
Aviso para los ciudadanos británicos y sus familiares (Brexit):
El 1 de febrero de 2020 se hizo efectiva la salida del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea. El derecho a la libre circulación seguirá siendo aplicable, en un primer momento, hasta el 31 de diciembre de 2020 a los ciudadanos británicos con derecho a la libre circulación y a sus familiares.
La oficina de extranjería competente facilita información sobre qué normativa se aplicará en cada caso concreto a partir del 1 de enero de 2021 (protección de los derechos adquiridos o aplicación del derecho general de residencia, en particular de la Ley de residencia).
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