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Solicitar un permiso de residencia para personas a las que se les ha reconocido el derecho de asilo y refugiados

  • Descripción del servicio

    Si es usted una persona a la que se le ha reconocido el derecho de asilo, un refugiado según la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados o un refugiado reasentado, podrá obtener un permiso de residencia de duración indefinida (el denominado «permiso de establecimiento») en condiciones más favorables al cabo de tres o cinco años.

    Si aún no ha cumplido los 18 años, le rogamos que se informe primero sobre la prestación «Concesión del permiso de residencia para menores», que se concede en virtud del artículo 35 de la Ley de residencia (véanse las notas).

  • Procedimiento

    • Debe solicitar el permiso de establecimiento antes de que caduque la validez de su permiso de residencia actual.
    • Averigüe si su autoridad de extranjería le permite presentar la solicitud por internet o dispone de un formulario de solicitud especial.
    • Si la solicitud solo puede presentarse en persona, concierte una cita en la Oficina de Extranjería. En caso de que la solicitud se presente por Internet, la Oficina de Extranjería se pondrá en contacto con usted tras recibir su solicitud para concertar una cita.
    • Durante la cita, se comprobará su identidad y sus documentos (traiga sus documentos a la cita, preferiblemente en original).
    • Si se acepta su solicitud, se le tomarán las huellas dactilares para la expedición del permiso de establecimiento en forma de un nuevo permiso de residencia electrónico (tarjeta eAT).
    • La Oficina de Extranjería encarga la fabricación de la tarjeta eAT a la Imprenta Federal. Una vez esté lista, recibirá una notificación y podrá recoger la tarjeta eAT en la oficina correspondiente. Por norma general, la tarjeta eAT debe recogerse en persona.
    • Si su solicitud es rechazada, recibirá una notificación de rechazo.
  • ¿A quién debo dirigirme?

    La oficina de extranjería competente en el lugar de residencia del solicitante.

  • Requisitos previos

    • Dispone de un permiso de residencia válido como:
      • persona a la que se le ha concedido el derecho de asilo (artículo 25, apartado 1, de la Ley de residencia),
      • refugiado reconocido con arreglo a la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados (artículo 25, apartado 2, primera frase, primera alternativa, de la Ley de residencia) o
      • Refugiado reasentado (artículo 23, apartado 4, de la Ley de residencia).
    • Son titulares de un permiso de residencia desde hace al menos cinco años (se tienen en cuenta los períodos de tramitación del procedimiento de asilo).
    • Los motivos por los que se le concedió el derecho de asilo o el estatuto de refugiado siguen existiendo. Tenga en cuenta lo siguiente
      : tres años después de la concesión, la BAMF comprueba si los motivos de dicha concesión podrían haber dejado de existir. En el caso de las resoluciones de asilo de los años 2015, 2016 o 2017, la BAMF debe haberle comunicado explícitamente que no se dan las condiciones para la revocación o la retirada, para que pueda dar por hecho que su situación legal de residencia sigue vigente.
    • Si desea obtener un permiso de residencia permanente al cabo de tres años:
      • Domina el alemán (nivel C1),
      • Por regla general, usted y su cónyuge o pareja pueden cubrir más del 75 % de sus gastos de manutención y los de los miembros de su familia que conviven en el mismo hogar sin necesidad de recurrir a prestaciones públicas.
    • Si desea obtener un permiso de residencia permanente al cabo de cinco años:
      • Tiene un nivel suficiente de alemán (nivel A2),
      • Por regla general, usted y su cónyuge o pareja de hecho pueden cubrir más del 50 % de sus gastos de manutención y los de los miembros de su familia que convivan en su hogar sin necesidad de recurrir a prestaciones públicas. Tenga en cuenta que
        no se aplicará este requisito si ha alcanzado la edad de jubilación.
    • Dispone de un permiso de trabajo de carácter permanente. Tenga en cuenta lo siguiente
      : en el caso de un matrimonio o una unión civil registrada, basta con que la pareja disponga del permiso de trabajo.
    • Si ejerce una profesión regulada, debe estar en posesión de la autorización profesional necesaria (por ejemplo, la licencia médica o el permiso de ejercicio profesional). Tenga en cuenta lo siguiente
      : en el caso de un matrimonio o una unión civil registrada, basta con que la pareja disponga de dicha autorización.
    • Tiene conocimientos básicos sobre el ordenamiento jurídico y social alemán. Tenga en cuenta que
      los cursos de orientación que ofrece la BAMF imparten estos conocimientos.
    • Dispone de espacio suficiente para usted y los miembros de su familia que conviven con usted.
    • Dispone de un seguro médico adecuado.
    • No tienen antecedentes penales.
    • No hay interés en deportarte.
  • ¿Qué documentos son necesarios?

    • Documento de identidad reconocido y válido (por ejemplo, pasaporte o documento sustitutivo del pasaporte)
    • Fotografía biométrica actual en formato pasaporte (45 x 35 mm)
    • Documentación que acredite la garantía de los medios de subsistencia (por ejemplo, justificantes de ingresos, contrato de trabajo, notificación de pensión, justificantes de la percepción de prestaciones como el subsidio parental o la prestación por hijos, pagos de pensión alimenticia).
      Nota: los documentos que acrediten la garantía de medios de subsistencia también pueden ser presentados por terceros (por ejemplo, cónyuges, parejas de hecho registradas, padres).
      Tras un período de residencia de cinco años, se puede prescindir de la justificación de los medios de subsistencia si se ha alcanzado la edad de jubilación o si existe una enfermedad o discapacidad que impida garantizar los medios de subsistencia por cuenta propia. Esto deberá acreditarse de forma adecuada (por ejemplo, mediante una notificación de pensión, un dictamen médico especializado o un justificante de internamiento en un centro asistencial).
    • Justificante de la cobertura del seguro médico (por ejemplo, un certificado de la aseguradora en el que se confirme la cobertura o la póliza del seguro)
    • Justificante de conocimientos de alemán del nivel A2 (si la estancia es de cinco años) o C1 (si la estancia es de tres años) del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (por ejemplo, certificado de idiomas, títulos escolares, de formación profesional o universitarios alemanes)
      Nota: Tras un período de residencia de cinco años, se puede presentar como justificante un certificado de haber superado el curso de integración. Se puede prescindir
      de la acreditación de los conocimientos lingüísticos si existe una enfermedad o discapacidad que impida el aprendizaje del idioma. Esto deberá acreditarse de forma adecuada (por ejemplo, mediante un dictamen médico especializado, un certificado de internamiento en un centro asistencial u otros motivos que hagan que el aprendizaje del idioma sea imposible o inaceptable a largo plazo).
    • Justificante de conocimientos básicos sobre el ordenamiento jurídico y social de Alemania (por ejemplo, certificado o acreditación de haber superado el curso de integración).
      Nota: Tras un período de residencia de cinco años, se podrá prescindir de este justificante si existe una enfermedad o discapacidad que impida la adquisición de dichos conocimientos. Esto deberá acreditarse de forma adecuada (por ejemplo, mediante un informe médico especializado, un certificado de internamiento en un centro asistencial u otros motivos que hagan que la adquisición de dichos conocimientos resulte imposible o irrazonable a largo plazo).
    • Justificante de que se dispone de espacio habitable suficiente (contrato de alquiler o de compraventa en el que se indique la superficie habitable)
    • Autorización profesional (por ejemplo, licencia para ejercer la profesión, permiso de ejercicio profesional) para el ejercicio de una profesión regulada (en el caso de un matrimonio o una unión civil registrada, la acreditación también puede presentarla la pareja).
    • Si existía la obligación de participar en el curso de integración: certificado de haber superado el curso de integración

    Los documentos y la información deben presentarse siempre en alemán. En casos concretos, la autoridad de inmigración puede exigir menos o más pruebas.

  • ¿Qué tasas se cobran?

  • ¿Qué plazos debo respetar?

    De 6 a 8 semanas

    Nota (para más información sobre el plazo):

    La solicitud debe presentarse en la Oficina de Extranjería, como muy tarde, entre 6 y 8 semanas antes de que caduque el permiso de residencia actual.

    Nota (para más información sobre el plazo):

    El permiso de establecimiento se concede por tiempo indefinido. Solo el permiso de residencia electrónico (tarjeta eAT) tiene una vigencia limitada y debe renovarse una vez que expire su validez.

  • Tiempo de procesamiento

    Duración: entre 6 y 8 semanas aproximadamente

    Nota con información adicional sobre el plazo de tramitación:

    El tiempo de tramitación puede variar en función de la capacidad de utilización de la autoridad de extranjería.

    La expedición del permiso de residencia electrónico por la Bundesdruckerei tarda entre 4 y 6 semanas.

  • Base jurídica

  • Recurso jurídico

    • Recurso contra la resolución de la Oficina de Extranjería
    • Recurso ante el tribunal mencionado en el escrito de oposición en caso de que no se estime la oposición
  • Solicitudes / Formularios

    Posibilidad de solicitud informal: Sí

    Comparecencia personal obligatoria: Sí

  • ¿Qué más debo saber?

    • Los menores y los jóvenes adultos que hayan obtenido un permiso de residencia como solicitantes de asilo o refugiados reconocidos antes de cumplir los 18 años deben informarse sobre la prestación «Concesión del permiso de establecimiento para menores». Este permiso de establecimiento se concede sobre una base jurídica diferente y en condiciones más favorables a partir de los 16 años (artículo 35 de la Ley de residencia).
    • Por regla general, el procedimiento se lleva a cabo en alemán.
    • Un permiso de residencia puede caducar si se permanece fuera de Alemania durante más de seis meses, siempre que dicha estancia en el extranjero no se haya acordado previamente con la Oficina de Extranjería.
    • Las personas que posean un permiso de residencia por otros motivos humanitarios también pueden obtener un permiso de establecimiento al cabo de cinco años. Sin embargo, los requisitos para ello son distintos.
    • Asegúrese de facilitar sus datos de forma correcta y completa, según su leal saber y entender. Solo así la Oficina de Extranjería podrá tramitar su solicitud sin grandes retrasos.
    • La información incorrecta o incompleta puede ralentizar el procedimiento y perjudicarle. En casos graves, la información incorrecta o incompleta que no se complete o corrija a tiempo ante la autoridad de inmigración puede conllevar la anulación de los derechos de residencia ya concedidos, una multa, una pena de prisión de hasta tres años o la expulsión del territorio federal.

Ayuda a la accesibilidad

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