Permiso de residencia para participar en el Servicio Europeo de Voluntariado: solicitar la prórroga
Descripción del servicio
Como participante en el Servicio Europeo de Voluntariado, se le ha concedido un permiso de residencia. Si la entidad de acogida acuerda con usted por escrito una prórroga del servicio, también se podrá prorrogar su permiso de residencia.
El requisito es que aún no se haya agotado el plazo máximo de concesión del permiso de residencia, que es de un año.
Si aún no has cumplido los 18 años, también necesitarás el consentimiento de tus tutores legales para la renovación.
Además de participar en el servicio de voluntariado, no está permitido ejercer una actividad laboral adicional.
Procedimiento
- Averigüe si su autoridad de extranjería le permite presentar la solicitud por internet o dispone de un formulario de solicitud especial.
- Si la solicitud sólo puede presentarse en persona, concierte una cita en la Oficina de Registro de Extranjeros. Si presenta la solicitud por internet, la Oficina de Registro de Extranjeros se pondrá en contacto con usted tras recibir su solicitud para concertar una cita.
- Durante la cita, se comprobará su identidad y sus documentos (traiga sus documentos a la cita, preferiblemente en original).
- Si se acepta su solicitud, se le tomarán las huellas dactilares para la expedición de un nuevo permiso de residencia electrónico (tarjeta eAT). La Oficina de Extranjería encarga la expedición de la tarjeta eAT a la Imprenta Federal. Una vez esté lista, se le notificará y podrá recoger el permiso de residencia en la oficina competente. Por norma general, la tarjeta eAT debe recogerse personalmente.
Si su solicitud es rechazada, recibirá una notificación de rechazo.
¿A quién debo dirigirme?
La autoridad de extranjería competente para tramitar la solicitud es la correspondiente al lugar de residencia del solicitante.
Requisitos previos
- Dispone de un documento de identidad reconocido y válido (por ejemplo, un pasaporte o un documento sustitutivo del pasaporte)
- Ya estás realizando un Servicio Voluntario Europeo cuya duración, acordada inicialmente, estaba limitada a menos de un año.
- Ha acordado con el centro de acogida una prórroga de su servicio por un periodo total de, como máximo, un año.
- No existe ningún motivo de denegación previsto por la ley (por ejemplo, no debe figurar entre las personas que gozan de protección internacional en Alemania, que han solicitado la concesión de protección internacional, cuya expulsión se ha suspendido temporalmente o a las que se les ha concedido protección temporal; tampoco debe haberse creado la entidad de acogida con el único fin de facilitar la entrada y la estancia de extranjeros).
- Dispone de una cobertura sanitaria suficiente.
- No hay interés en deportarte.
Su estancia no compromete ni perjudica los intereses de la República Federal de Alemania.
¿Qué documentos son necesarios?
- Documento de identidad reconocido y válido (por ejemplo, pasaporte o documento sustitutivo del pasaporte)
- Acuerdo inicial con la entidad de acogida para la realización del Servicio Europeo de Voluntariado (con la descripción de las actividades, los datos sobre la duración del servicio de voluntariado, el horario laboral, las condiciones de trabajo, el seguimiento, la remuneración y las posibles medidas de formación incluidas), así como un acuerdo por escrito sobre la prórroga del servicio
- Justificante de seguro de enfermedad
- Antes de cumplir los 18 años: consentimiento de los tutores legales
En casos concretos, la autoridad de extranjería puede solicitar más documentos.
¿Qué tasas se cobran?
Importe de los costes:
- 96,00 en caso de una estancia adicional de hasta tres meses
- 93,00 en caso de una estancia adicional de más de tres meses
Observación:
Se pueden cobrar tasas adicionales por la expedición del permiso de residencia en forma de permiso de residencia electrónico, que también puede utilizarse como prueba electrónica de identidad.
¿Qué plazos debo respetar?
La solicitud de prórroga del permiso de residencia debe presentarse, a más tardar, entre seis y ocho semanas antes de que caduque el permiso de residencia original.
Más información sobre el plazo:
El permiso de residencia se expide por un máximo de un año. Solo es posible prorrogarlo si aún no se ha agotado dicho plazo.
Plazo de oposición: 1 mes
Tiempo de procesamiento
Duración: aprox. 8
Más información sobre el plazo de tramitación:
La tramitación del permiso de residencia electrónico por parte de la Imprenta Federal dura entre 4 y 6 semanas aproximadamente.
Base jurídica
- § Artículo 8 (1) Ley de Residencia (AufenthG)
- Artículo 19e de la Ley de residencia (AufenthG) — Participación en el Servicio Europeo de Voluntariado
- Artículo 14, apartado 1, punto 1, del Reglamento sobre el Empleo (BeschV) — Otros tipos de empleo
- Directiva (UE) 2016/801 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016, relativa a las condiciones de entrada y estancia de nacionales de terceros países con fines de investigación o de estudios, para realizar prácticas, participar en un servicio de voluntariado, programas de intercambio escolar o proyectos educativos, y para ejercer una actividad au pair
Recurso jurídico
- Recurso contra la resolución de la Oficina de Extranjería
- Recurso ante el tribunal mencionado en el escrito de oposición en caso de que no se estime la oposición
Solicitudes / Formularios
Posibilidad de solicitud informal: No
Comparecencia personal obligatoria: Sí
¿Qué más debo saber?
No es posible prorrogar el permiso de residencia por un período total superior a un año.