Tutelas (art. 55 SGB VIII)
Si el asesoramiento y el apoyo no son suficientes, tiene la opción de designar al Servicio Especializado de Juventud y Familia para que asista a su hijo. Esto significa que el Servicio Especializado de Juventud y Familia está autorizado a aclarar la paternidad y hacer valer las reclamaciones de alimentos del hijo. El asesor representa al menor en los procedimientos judiciales necesarios y también puede llevar a cabo medidas de ejecución en su nombre.
El progenitor que tiene la custodia parental exclusiva puede solicitar la tutela. En caso de custodia parental compartida, tiene derecho a solicitarla el progenitor en cuyo hogar viva el menor.
La tutela no restringe la custodia parental. Puede anularse por escrito en cualquier momento. Termina automáticamente cuando el niño alcanza la mayoría de edad.
Encontrará más información en el folleto "Beistandschaft" del Ministerio Federal de Familia, Tercera Edad, Mujer y Juventud:
En principio, no hay costes administrativos, pero puede haber gastos en los procedimientos judiciales.
Para concertar una cita para solicitar la tutela, póngase en contacto con la persona de contacto responsable de la gestión de las tutelas.
Persona de contacto
La persona de contacto se basa en la primera letra del apellido del niño:
A, B, X, Y
Se cargan los resultados de la búsquedaNo se han encontrado empleados.C, D, E, F, Wa-Wh
Se cargan los resultados de la búsquedaNo se han encontrado empleados.G, J, L
Se cargan los resultados de la búsquedaNo se han encontrado empleados.H, I, P, St
Se cargan los resultados de la búsquedaNo se han encontrado empleados.K
Se cargan los resultados de la búsquedaNo se han encontrado empleados.M, N, U, V, Wi-Wz
Se cargan los resultados de la búsquedaNo se han encontrado empleados.Q, R, T, Z
Se cargan los resultados de la búsquedaNo se han encontrado empleados.S, O
Se cargan los resultados de la búsquedaNo se han encontrado empleados.




