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Solicitar un permiso de residencia por motivos de formación

  • Descripción del servicio

    Una autorización de estancia por motivos de formación es una forma especial de autorización de estancia que puede obtener si:

    • se le haya denegado la solicitud de asilo, haya comenzado una formación profesional durante el procedimiento de asilo y desee continuarla, o
    • Si tienes un permiso de tolerancia (es decir, estás obligado a salir del país) y quieres empezar una formación profesional.

    Para obtener un permiso de residencia por motivos de formación, la formación profesional debe cumplir determinados requisitos (véase «Requisitos»).

    El permiso de formación se concede para una empresa de formación concreta. Es posible cambiar de empresa de formación (sin interrupción). En estos casos, antes del cambio de empresa es necesario presentar una solicitud de «transferencia» del permiso de formación a la nueva empresa.

    Con el permiso de residencia por motivos de formación, podrá permanecer y trabajar en Alemania durante todo el periodo que dure su formación. Durante ese tiempo, no podrá ser expulsado.

  • Procedimiento

    • Averigüe si su autoridad de extranjería le permite presentar la solicitud por internet o dispone de un formulario de solicitud especial.
    • Si la solicitud solo puede presentarse en persona, concierte una cita en la Oficina de Extranjería. En caso de que la solicitud se presente por Internet, la Oficina de Extranjería se pondrá en contacto con usted tras recibir su solicitud para concertar una cita.
    • Durante la cita, se comprobará su identidad y sus documentos (traiga sus documentos a la cita, preferiblemente en original).
    • Si se acepta su solicitud, es posible que se le entregue el permiso de residencia por motivos de formación aún durante la cita. Si se rechaza su solicitud, recibirá una notificación de denegación. En ese caso, no podrá comenzar la formación.
  • ¿A quién debo dirigirme?

    Oficina de inmigración

  • Requisitos previos

    • Ha comenzado su formación durante el procedimiento de asilo y desea continuarla tras la denegación de su solicitud de asilo, o bien dispone de una autorización de estancia provisional desde hace al menos tres meses y desea comenzar una formación.
    • Ya dispone de una plaza de formación o tiene perspectivas de conseguir una que cumpla los siguientes criterios:
      • Se trata de una formación profesional cualificada, de al menos dos años de duración, impartida en una empresa o en un centro educativo, en una profesión reconocida por el Estado o regulada de forma equivalente, o
      • Se trata de una formación como asistente o ayudante reconocida por el Estado o regulada de forma equivalente, a la que sigue una formación profesional cualificada.

    Tenga en cuenta lo siguiente:

    En el caso de las formaciones como asistente o auxiliar, se necesita además una confirmación de plaza de formación para la formación profesional cualificada posterior. Además, debe tratarse de una de las denominadas «profesiones con escasez de personal» (por ejemplo, profesiones relacionadas con el cuidado de personas mayores y la asistencia sanitaria).

    No se puede conceder el permiso de formación para medidas de cualificación preparatorias para la formación profesional ni para medidas educativas (por ejemplo, cursos de idiomas) cuyo objetivo sea servir de introducción a la formación profesional. Encontrará una lista de las profesiones reconocidas para la formación profesional en la sección «Información adicional».

    • Ya se ha aclarado su identidad.

    Tenga en cuenta lo siguiente: las personas que hayan llegado a Alemania antes del 31 de diciembre de 2016 deben acreditar su identidad al presentar su solicitud de permiso de estancia por motivos de formación.

    Las personas que hayan llegado a Alemania entre el 1 de enero de 2017 y el 1 de enero de 2020 y que deseen solicitar, ahora o más adelante, un permiso de residencia temporal por motivos de formación, debían haber aclarado su identidad antes del 30 de junio de 2020. Se considera que se ha cumplido el plazo si, hasta esa fecha, se puede demostrar que se han tomado todas las medidas razonables para aclarar la identidad. Incluso si la identidad no se aclara hasta más adelante.

    Las personas que hayan llegado a Alemania a partir del 1 de enero de 2020 deben acreditar su identidad en los primeros seis meses de su estancia en el país.

    La razonabilidad se evalúa en función de las circunstancias de cada caso concreto, si bien debe colaborar en todas las gestiones que le soliciten las autoridades.

    • Si aún no ha cumplido los 18 años, sus tutores legales deben dar su consentimiento para su estancia en Alemania.
    • No tiene vínculos con organizaciones extremistas o terroristas, ni las apoya. Hasta la fecha, no ha sido condenado por ningún delito. No existe ningún motivo para su expulsión.

    La Oficina de Extranjería aún no ha iniciado los trámites para su expulsión (se considera que se están llevando a cabo dichos trámites cuando, por ejemplo, ya se ha solicitado un reconocimiento médico para determinar su aptitud para viajar, se ha concedido una ayuda estatal para su salida voluntaria con fondos públicos antes de la concesión de la autorización de estancia por motivos de formación, se ha solicitado un documento de viaje a su nombre, se ha fijado una fecha de expulsión o está en curso un procedimiento de Dublín).

  • ¿Qué documentos son necesarios?

    • Documento de identidad válido (por ejemplo, pasaporte, documento sustitutivo del pasaporte, documento oficial de identidad con fotografía, documentos oficiales del país de origen, como la cartilla militar, el permiso de conducir, la tarjeta consular, el laissez-passer, la tarjeta de servicio o un certificado de estado civil con fotografía)
    • Fotografía biométrica actual en formato pasaporte (45 x 35 mm)
    • Resolución denegatoria de asilo o permiso de estancia temporal
    • En el caso de la formación profesional en empresas:
      • Contrato de formación profesional
      • Justificante de la inscripción del contrato de formación en el registro de relaciones de formación profesional (por ejemplo, confirmación de la Cámara de Artesanos competente sobre la inscripción o la solicitud de inscripción)
      • En el caso de la formación como asistente o auxiliar, una confirmación de plaza de formación por parte de la empresa formadora o del centro de formación para la posterior formación profesional cualificada
    • En el caso de una formación profesional: contrato o carta de admisión del centro de formación en la que se indique la profesión objeto de la formación.
    • En caso de ser menor de edad: consentimiento de los tutores legales para la estancia prevista (declaración de consentimiento)

    Los documentos y la información deben presentarse siempre en alemán. En casos concretos, la autoridad de inmigración puede exigir menos o más pruebas.

  • ¿Qué tasas se cobran?

    Importe de los costes (fijo):

    • 58,00 por la autorización de formación en forma de etiqueta adhesiva
    • 62,00 por el permiso de formación como formulario de la entidad responsable

    Observación:

    La Oficina de Extranjería puede cobrar una tasa por la expedición de un permiso de residencia por motivos de formación. El momento y la forma de cobro y pago de la tasa varían en función de la autoridad competente.

    En determinados casos, pueden concederse reducciones o exenciones de las tasas (por ejemplo, cuando no sea posible cubrir los gastos de subsistencia sin recurrir a las prestaciones públicas).

  • ¿Qué plazos debo respetar?

    Los solicitantes de asilo a los que se les haya denegado la solicitud deberían presentar la solicitud de permiso de estancia por motivos de formación lo antes posible tras recibir la notificación de denegación.

    Las personas con permiso de residencia temporal deben presentar la solicitud ante la Oficina de Extranjería con la debida antelación antes del inicio de la formación, pero como muy pronto siete meses antes del inicio de la formación profesional.

    Nota (para más información sobre el plazo):

    La validez del permiso de residencia por motivos de formación depende de la duración de la formación establecida en el contrato de formación y, por lo general, se concede para todo el período de duración de la misma.

    Si aún no se ha iniciado la formación, el permiso de residencia por motivos de formación se concederá, como muy pronto, seis meses antes del inicio de la formación profesional.

  • Tiempo de procesamiento

    El plazo de tramitación puede variar en función de la carga de trabajo de la Oficina de Extranjería. Dado que la autorización de estancia por motivos de formación se expide en la Oficina de Extranjería, en principio es posible recibirla durante la cita presencial.

  • Base jurídica

  • Recurso jurídico

    • Recurso contra la decisión de la autoridad de inmigración en el plazo de un mes a partir de la notificación
    • Recurso ante el tribunal mencionado en el escrito de oposición en caso de que no se estime la oposición
  • Solicitudes / Formularios

    Posibilidad de solicitud informal: Sí

    Comparecencia personal obligatoria: Sí

  • ¿Qué más debo saber?

    • Durante el procedimiento de asilo no se puede conceder un permiso de residencia por motivos de formación. Durante este periodo, basta con disponer de un permiso de estancia, con el que también se puede iniciar una formación escolar o profesional.
    • La autorización de residencia por motivos de formación no es un requisito previo para iniciar una formación. Esta puede comenzar tan pronto como se haya autorizado la actividad laboral, es decir, cuando se haya concedido un permiso de trabajo. Sin embargo, una «tolerancia» «normal» acompañada de un permiso de trabajo no ofrece protección a largo plazo frente a la expulsión durante el periodo de formación, ni tampoco los derechos especiales asociados a la tolerancia por motivos de formación.
    • Una vez finalizada con éxito la formación profesional, se puede conceder un permiso de residencia por dos años más (régimen «3+2»). Si la empresa formadora no contrata al alumno, se concede inicialmente una autorización provisional de seis meses para la búsqueda de empleo.
    • Si la relación de formación se da por concluida antes de tiempo o se interrumpe, la autorización de estancia por formación queda sin efecto. Para la búsqueda de una nueva plaza de formación, se puede conceder, con carácter excepcional, una autorización de estancia de seis meses. Las empresas de formación y los centros educativos están obligados a informar a la Oficina de Extranjería, en un plazo de dos semanas, sobre la interrupción de la formación.
    • Con el permiso de residencia por motivos de formación no es posible viajar al extranjero.
    • La autorización de estancia por motivos de formación caduca en caso de condena, expulsión o dictado de una orden de expulsión para prevenir un peligro especial, en particular de carácter terrorista.
    • Por regla general, el procedimiento se lleva a cabo en alemán. Si tus conocimientos de alemán son insuficientes, te recomendamos que acudas acompañado de una persona que pueda actuar como traductor.
    • Toda la información facilitada a la Oficina de Inmigración debe ser correcta y completa a su leal saber y entender para que la solicitud pueda tramitarse sin grandes retrasos.
    • La información incorrecta o incompleta puede ralentizar el procedimiento y perjudicar al interesado. En casos graves, la información incorrecta o incompleta que no se complete o corrija a tiempo ante la autoridad de inmigración puede dar lugar a la anulación de los derechos de residencia ya concedidos, una multa, una pena de prisión de hasta tres años o la expulsión del territorio federal.
    • Debido a la complejidad del Derecho de residencia, esta descripción tiene carácter meramente informativo y no es jurídicamente vinculante.

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