Solicitar un permiso de residencia para la reagrupación familiar de uno de los progenitores con hijos menores de edad de nacionalidad alemana
Descripción del servicio
Podrá reunirse con su hijo o hija alemán, menor de edad y soltero, si procede de un país fuera de la UE o del EEE, tiene la custodia de dicho menor y tiene la intención de ejercerla.
La custodia de la persona comprende tanto el derecho como la obligación de cuidar, educar y supervisar al menor, así como de determinar su lugar de residencia. Se considera menor de edad a quien aún no haya cumplido los 18 años. Se considera soltero a quien no está casado y tampoco lo ha estado nunca; tampoco se considera soltero a quien conviva en una unión civil registrada.
Si se cumplen estos requisitos, se le concederá el permiso de residencia.
También puede reunirse con su hijo aunque no tenga la custodia. El requisito es que ya mantenga una convivencia familiar con su hijo en Alemania. Se considera que existe una convivencia familiar cuando los familiares mantienen un contacto regular entre sí que va más allá de las meras visitas. Si se cumplen los requisitos, la autoridad competente decide, a su discreción, sobre la concesión del permiso de residencia.
En determinadas circunstancias, la Oficina de Inmigración puede obligarle a asistir a un curso de integración. Esto se hará constar en su permiso de residencia.
El permiso de residencia es un título de residencia de duración determinada y se concede por un período mínimo de un año.
Procedimiento
El procedimiento es el siguiente:
- Dependiendo de la autoridad de extranjería y de su solicitud, puede ser posible presentar la solicitud por internet. Averigüe si su autoridad de extranjería ofrece solicitudes electrónicas de permisos de residencia.
- Si la solicitud sólo puede presentarse en persona, concierte una cita en la Oficina de Extranjeros. Durante la cita, se aceptará su solicitud y se comprobarán sus documentos justificativos (llévelos a la cita). Se le tomarán las huellas dactilares para la expedición del permiso de residencia electrónico (eAT).
- En el caso de una solicitud electrónica, la Oficina de Registro de Extranjeros se pondrá en contacto con usted después de recibir su solicitud en línea para concertar una cita en la Oficina de Registro de Extranjeros si es necesario. Durante la cita, se comprobará su documentación (llévela consigo a la cita) y se le tomarán las huellas dactilares para la elaboración del eAT.
- Si le conceden la solicitud, la Oficina de Extranjeros se encargará de expedir el eAT.
- Al cabo de unas seis u ocho semanas podrá recoger el eAT en la Oficina de Extranjeros.
El eAT debe recogerse siempre en persona.
¿A quién debo dirigirme?
Póngase en contacto con la oficina de inmigración competente.
Requisitos previos
- Está en posesión de un pasaporte reconocido y válido o de un pasaporte sustitutivo y, si se le exige para la entrada, de un visado adecuado.
- Su hijo es menor de edad, soltero y tiene la nacionalidad alemana.
- Tiene la custodia de su hijo y desea ejercerla, o bien, como progenitor sin custodia, ya convive con el niño en Alemania en el marco de una relación familiar.
- No hay interés en deportarte.
Su estancia no compromete ni perjudica los intereses de la República Federal de Alemania
¿Qué documentos son necesarios?
- Pasaporte en vigor o documento sustitutivo
- Foto biométrica actual
- Visado, en la medida en que se requería para la entrada
- Partida de nacimiento de su hijo
- En su caso, justificante de la custodia
- En su caso, pruebas que acrediten la convivencia familiar.
- Certificado de registro vigente
En casos concretos, la autoridad de extranjería puede solicitar más documentos.
¿Qué tasas se cobran?
Expedición del permiso de residencia: 100,00 EUR
En determinadas condiciones, puede ser posible una reducción o exención de tasas.
Notas:
- Se pueden cobrar tasas adicionales por la expedición del permiso de residencia en forma de permiso de residencia electrónico, que también puede utilizarse como prueba electrónica de identidad.
- El momento y la forma en que se cobran y pagan las tasas varían en función de la autoridad.
¿Qué plazos debo respetar?
- El permiso de residencia debe solicitarse, a más tardar, ocho semanas antes de que caduque su visado aún válido o su permiso de residencia actual o, si se encuentra en Alemania legalmente sin visado, en un plazo de 90 días a partir de la fecha de entrada en el país.
- Plazo de oposición: 1 mes
Tiempo de procesamiento
de seis a ocho semanas.
Base jurídica
§ § 28 (1) frase 1 número 3 y frase 4 Ley de Residencia
Recurso jurídico
Puede interponerse un recurso contra una decisión de la autoridad de inmigración ante la autoridad mencionada en la decisión en el plazo de un mes a partir de la notificación de la decisión. El recurso puede presentarse por escrito, en formato electrónico o para que conste en acta.
Si la autoridad de extranjería no acepta la objeción, puede interponerse una demanda ante el tribunal mencionado en la notificación de objeción.
Solicitudes / Formularios
- Procedimiento en línea ocasionalmente posible
- Formulario escrito obligatorio
- Presentación personal obligatoria
Autor
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