Solicitar la exención de la obligación de bloquear las armas heredadas
Descripción del servicio
Si adquiere armas de fuego por vía sucesoria, éstas deberán estar aseguradas mediante un sistema de bloqueo, a menos que ya esté en posesión autorizada de armas en virtud de un requerimiento de conformidad con los artículos 8, 13 o 14 de la Ley de Armas (WaffG).
Si un armero o armero llega a la conclusión de que aún no se dispone de un sistema de bloqueo correspondiente para una o varias armas de fuego heredadas, se puede conceder una exención de la obligación de bloqueo previa solicitud.
Para solicitar una exención de la obligación de bloqueo, debe demostrar que no existe (todavía) ningún sistema de bloqueo para las armas de fuego heredadas.
También podrá concederse una exención para las armas hereditarias que formen o vayan a formar parte de una colección de importancia cultural e histórica de conformidad con el artículo 17 de la WaffG.
Procedimiento
Puede obtener una exención de la obligación de bloqueo de la siguiente manera:
- Se le solicita la siguiente información:
- a tu persona:
- Nombre y apellidos
- Fecha y lugar de nacimiento
- Lugar de residencia
- dirección
- sobre armas de fuego
- Número y tipo
- Categoría o marca registrada del fabricante
- Designación del modelo
- Calibre
- Número de producción
- Marca balística CIP, si procede
- Prueba de un armero o armero de que las armas de fuego no tienen el correspondiente sistema de bloqueo
- a tu persona:
Se le expedirá o enviará la autorización de exención.
- Se le solicita la siguiente información:
¿A quién debo dirigirme?
Póngase en contacto con la autoridad competente en materia de armas de fuego de su distrito. Si vive en Dessau-Roßlau, póngase también en contacto con la autoridad de armas de fuego.
Si vive en Halle o Magdeburgo, póngase en contacto con el departamento de policía correspondiente.
Requisitos previos
Se le puede conceder una exención de la obligación de asegurar sus armas de fuego heredadas con un sistema de bloqueo si o mientras no se disponga todavía de un sistema de bloqueo correspondiente para una o varias armas de fuego heredadas.
¿Qué tasas se cobran?
25 EUROS
¿Qué plazos debo respetar?
Una licencia de exención que sólo se haya expedido debido a la ausencia de un sistema de bloqueo adecuado perderá su validez en cuanto se disponga de un sistema de bloqueo de última generación para las armas de fuego heredadas.
Tiempo de procesamiento
El plazo de tramitación suele ser de 4 semanas.
Base jurídica
Recurso jurídico
Recurso ante el tribunal administrativo
Para más información
Texto breve
- Exención de la obligación de asegurar todas las armas heredadas con un sistema de bloqueo Autorización
- Las armas de fuego heredadas deben protegerse contra el uso no autorizado mediante un sistema de bloqueo en determinadas condiciones
- Por lo general, no se exige un dispositivo de seguridad con sistema de bloqueo si el propietario del arma ya es el propietario autorizado de un arma de fuego sujeta a autorización en virtud de un requisito de conformidad con los artículos 8, 13 o 14 de la Ley de armas (WaffG).
- Se permite una excepción al requisito de bloqueo si o mientras no se disponga aún de un sistema de bloqueo correspondiente para una o varias armas heredadas.
- También podrá concederse una exención para las armas hereditarias que formen o vayan a formar parte de una colección de importancia cultural e histórica con arreglo al artículo 17 WaffG.
- se expide previa solicitud
- Tasa administrativa: 25 EUR
- responsable: Autoridad policial del distrito
Mecanografía
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