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Consultar el plan de ordenación territorial

  • Descripción del servicio

    Si desea saber si su terreno podría utilizarse como solar edificable, debería consultar el plan de ordenación territorial de su ciudad o municipio.

    El plan de ordenación territorial establece de qué manera y con qué finalidad (urbanización, transporte, agricultura, conservación de la naturaleza, silvicultura, ocio, etc.) deben utilizarse los terrenos existentes. Al tratarse de un plan urbanístico preparatorio, a diferencia del plan de ordenación urbanística, no tiene efectos jurídicos directos frente a terceros. Nadie puede derivar derechos del plan de ordenación territorial, en particular el derecho a obtener una licencia de obras. Sin embargo, constituye un programa vinculante en materia de planificación para la administración y otras autoridades.

    En la elaboración del plan de ordenación territorial participan, además de los departamentos municipales competentes, las entidades de interés público (por ejemplo, los proveedores de servicios de suministro y gestión de residuos), los municipios vecinos y, por supuesto, los ciudadanos y ciudadanas de la ciudad o del municipio. La vigencia del plan de ordenación territorial es de al menos 10 años. El plan de ordenación territorial de un municipio es aprobado por la Oficina de Administración Regional, en su Departamento de Urbanismo.

  • ¿A quién debo dirigirme?

    Diríjase a la oficina de urbanismo de su municipio o ciudad correspondiente.

  • Base jurídica

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    2. invertir los colores

    Ctrl
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    opción
    comando
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    comando
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    opción
    comando
    Nota: Los accesos directos deben estar activados en la configuración del sistema operativo.

    Encender / Ampliar vista

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    Alejar la vista