Reclamar el derecho a una pensión alimenticia
Descripción del servicio
Los padres están obligados a hacerse cargo de la manutención de sus hijos. Si cría a su hijo solo, el otro progenitor deberá pagar una pensión alimenticia. Como madre, tiene derecho a la pensión alimenticia ya durante el permiso de maternidad; como padre, inmediatamente después del nacimiento del hijo. Si el otro progenitor no cumple con su obligación, los Servicios Sociales pueden asesorarle legalmente y ofrecerle más ayuda.
Las medidas que deben adoptarse se discutirán con los Servicios Sociales en una entrevista personal. Los Servicios Sociales le ayudarán a redactar la documentación necesaria, a determinar el importe de la pensión alimenticia o a iniciar un embargo, si fuera necesario.
Curatela
También puede solicitar al Servicio de Protección de Menores que se establezca una tutela para su hijo. La tutela es una forma especial de representación legal de niños y jóvenes. De este modo, el Servicio de Protección de Menores podrá representar legalmente al menor en los procedimientos correspondientes y, así, aliviar su carga. Por ejemplo, puede
- solicitar al padre que reconozca la paternidad y presente los documentos necesarios,
- iniciar un procedimiento judicial para determinar la paternidad,
- calcular la pensión alimenticia de su hijo,
- revisar periódicamente el derecho a la pensión alimenticia,
- redactar un documento sobre la pensión alimenticia,
- hacer valer judicialmente el derecho a la pensión alimenticia,
- cobrar y controlar las pensiones alimenticias,
- determinar el lugar de residencia y la empresa para la que trabaja el progenitor obligado al pago de la pensión alimenticia y
- Iniciar medidas de ejecución.
Puede solicitar la tutela incluso antes del nacimiento del niño si no está casado y no ha presentado ninguna declaración conjunta de custodia. Tras el nacimiento, puede solicitar la tutela en cualquier momento hasta que el niño alcance la mayoría de edad. Esto no limita su derecho de custodia.
Poner fin a la tutela
Puede poner fin a la tutela en cualquier momento mediante una declaración por escrito. Esta finaliza automáticamente cuando el menor alcanza la mayoría de edad. A partir de ese momento, podrá recibir asesoramiento y apoyo del Servicio de Protección de Menores por sí mismo hasta que cumpla 21 años.
¿A quién debo dirigirme?
Póngase en contacto con los servicios sociales locales para menores.
Requisitos previos
- Es usted padre o madre soltero/a y su hijo o hija menor de edad tiene derecho a una pensión alimenticia por parte del otro progenitor o
- Tienes entre 18 y 21 años y tienes derecho a recibir una pensión alimenticia de uno de tus padres.
¿Qué documentos son necesarios?
- Para una consulta: no es necesario presentar documentación alguna
- Para una tutela: solicitud por escrito sin formato específico
¿Qué tasas se cobran?
Pago por adelantado: NoLos procedimientos judiciales que se tramitan en el marco de una curatela pueden generar gastos en casos concretos.¿Qué plazos debo respetar?
No hay fecha límite.
Base jurídica
Recurso jurídico
no procede